Artículo 102: La responsabilidad criminal del Presidente

Por: Félix Rosado

Tal vez crea algún presidente del Gobierno -dizque despistado, o no, simplemente interesado- que los votos otorgan derecho de pernada sobre el poder judicial. O sobre la Constitución.

O que tener apoyos suficientes para llegar al gobierno del Ejecutivo permite retorcer la ley, o sea volver a pisar el Judicial.

O que se puede saltar la normativa para legislar por la puerta de atrás y volver, de nuevo, a invadir la separación de poderes.

O que los políticos, mediante acuerdos discretos/secretos, pueden pactar, ponerse de acuerdo para cambiar la ley, para saltarse la ley.

O que interpretar una victoria electoral o una derrota electoral, sumando los votos de los derrotados, supone el permiso cuantitativo para quebrar la legalidad ajustando ésta a una votación execrable no de números, sino ilegal cualitativamente.

Porque eso es la ley, acotar los atentados contra la igualdad, la libertad y la justicia plasmadas en la Constitución.

Nadie está por encima de la ley, ni siquiera los políticos. 

Porque por eso mismo, por delinquir siendo políticos siempre podrían esgrimir que cometieron el delito por una cuestión política y que, por tanto, hay que desjudicializar todo delito cometido por políticos, aunque haya sido un golpe de Estado, golpe que puede darse de varias maneras: golpe administrativo con corrupción, golpe político con órdenes inconstitucionales, usar dinero público de manera torticera y decir que se destina a una causa política. O imaginen que el golpe de Estado de Tejero… fuera también considerado un hecho político… porque, política sería al fin y al cabo querer cambiar el régimen político, aunque también por la fuerza.

¿Qué pasaría si un presidente en funciones necesitara el voto de un coronel golpista para llegar al poder? Sería, es de hecho, un argumento bolivariano, bananero, totalitario. Como lo es necesitar el voto de un expresidente huido de la Justicia, cual coronel político, para sumar los votos justos para llegar al poder y, de repente, cambiar todos los códigos, incluso modificarse todo el discurso, todas las mentiras, y llegar a contradecirse en la nueva postura con más mentiras, con toda la hemeroteca del mismo personaje que, anteriormente, decía que había que apresar y juzgar al fugado, y de repente, se dice que no, que no, que es un caso político.

Y sobre todo cuando se ha ido a las elecciones sin tener en el programa electoral el plan que de repente parece ser tan urgente, porque si no es imposible llegar al poder. 

Y súbito se pisotea todo el trabajo de la Justicia, de los jueces, y se trata de hacer cambiar la decisión de los jueces. No tiene ni pies ni cabeza, es una acción inconstitucional y antidemocrática.

El que hizo la ley hizo la trampa. Pero he aquí que la Constitución no se puede violentar, ni cambiar a gusto de personalismos y menos hacerlo por intereses de poder. 

No se puede llegar a un gobierno en ningún país serio de la mano de un delincuente, de un prófugo de la Justicia.

No sería imaginable que la presidencia de Francia, por ejemplo, dependiera de un separatista corso huido en Marbella, por ejemplo, que pusiera una argolla al cuello al jefe del Gobierno galo para salvar la poltrona del Elíseo y dar el poder a un perdedor de las elecciones frente al ganador. No es imaginable porque lo que está pasando en España es un esperpento.

Y si se traspasa la línea roja, podrían venir los tiempos, en los que en un futuro parlamento hubiere suficientes votos como para presentar una querella, con gran apoyo jurídico y constitucional, contra quien ahora pueda violentar y transgredir con grave perjuicio la Carta Magna. Lo que es inconstitucional es no constitucional y es ceder al chantaje de quien salió huyendo, porque dio un golpe. Y no se puede solventar la cosa con otro golpe desde más arriba.

Que no se crean los políticos occidentales que, cual si fueran un cacique hispano o un trumpista progresista, la ley se puede traspasar por mor de intereses personales. Y la Constitución Española, aprobada por todos los españoles en 1978, también lo tiene claro, porque es la ley de Leyes, ni siquiera un presidente es libre para hacer lo que le venga en gana por un puñado de votos.

He aquí el Título IV. Del Gobierno y de la Administración

“Artículo 102

La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo.

La prerrogativa real de gracia no será aplicable a ninguno de los supuestos del presente artículo”.